Flash Noticias NA 11/2020 - COVID-19
Teletrabajo y Seguro de Accidentes Laborales - COVID-19

La semana pasada, muchas compañías enviaron a sus trabajadores a casa para contener el contagio del Covid-19. Sin embargo, hay dudas que deben tenerse en cuenta. Como es el caso del seguro obligatorio de accidentes laborales, particularmente importante.

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Cabe señalar que las aseguradoras sólo cubren accidentes laborales en supuestos en los que el trabajador está teletrabajando cuando haya información sobre el lugar de trabajo, las horas de trabajo y, aun así, el accidente solo se cubrirá después de ser analizado por la aseguradora. Si uno de estos elementos falla, el seguro no se activará.

La Asociación de Seguros de Portugal (APS) aclaró ayer que solo habrá cobertura del accidente de trabajo si hay una forma de probarlo. En otras palabras, el paso al teletrabajo deberá ser indicado por el empleador.

El representante de la compañía de seguros también subraya que "las compañías deben documentar el teletrabajo, es decir, identificando a los trabajadores, las fechas y las horas autorizadas, y las direcciones respectivas donde se realizará el trabajo", de modo que, en caso de accidente en el trabajo, el mismo sea regularizado como tal.

De lo contrario, será difícil probar su ocurrencia y la cobertura respectiva a la que tiene derecho el trabajador como resultado de un accidente en el trabajo que pueda ocurrir. Precauciones que deben tomarse en un tiempo en el que el uso del teletrabajo se utilizará cada vez más.

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