Flash Noticias NA 24/2021
IMT - Impuesto Municipal sobre las Transmisiones Onerosas de Inmuebles

El IMT, Impuesto Municipal sobre las Transmisiones Onerosas de Inmuebles, se paga al estado al Estado siempre que se produzca una transmisión financiera de compra y venta de un inmueble en territorio portugués.

VolverEn la mayoría de los casos, este impuesto se aplica a la cantidad más elevada entre el coste de adquisición registrado en la escritura de compra y venta del inmueble y el valor patrimonial tributario (base imponible).

La ubicación y el propósito de cada propiedad también contribuyen a la formación de la tasa a aplicar, y también puede haber situaciones en las que exista una exención del pago de este impuesto.

Tasas de IMT aplicadas en Portugal continental

a) Adquisición de un edificio urbano o de una fracción autónoma de un edificio urbano destinado exclusivamente a vivienda propia y permanente:

Valor de aquisição da escritura do imóvel ou VPT (em euros)

Taxas percentuais

Marginal

Parcela a abater

Até 92.407€

0

0

+ 92.407€ e até 126.403€

2

 1.848,14

+ 126.403€ e até 172.348€

5

5.640,23

+ 172.348€ e até 287.213€

7

9.087,19

+ 287.213€ e até 574.323€

8

11.959,32

+ 574.323€ e até 1.000.000€

6 (taxa única)

+ 1.000.000€

7,5 (taxa única)

b) La adquisición de un edificio urbano o de una fracción autónoma de un edificio urbano destinado exclusivamente a vivienda, no contemplados en el párrafo anterior:

Valor de aquisição da escritura do imóvel ou VPT (em euros)

Taxas percentuais

Marginal

Parcela a abater

Até 92.407€

1

0

+ 92.407€ e até 126.403€

2

924,07

+ 126.403€ e até 172.348€

5

4.716,16

+ 172.348€ e até 287.213€

7

8.163,12

+ 287.213€ e até 550.836€

8

11.035,25

+ 550.836€ e até 1.000.000€

6 (taxa única)

+ 1.000.000€

7,5 (taxa única)

c) adquisición de edificios rústicos - 5 %;

d) adquisición de otros edificios urbanos y otras adquisiciones costosas - 6,5 %.

Tasas de IMT aplicadas en las Azores y Madeira

Como se ha indicado anteriormente, la localización influye en el importe que debe abonar el IMT, ya que los tipos de IMT aplicados en las Azores y Madeira son diferentes de los aplicados en Portugal continental.

a) Adquisición de un edificio urbano o de una fracción autónoma de un edificio urbano destinado exclusivamente a vivienda propia y permanente:

Valor de aquisição da escritura do imóvel ou VPT (em euros)

Taxas percentuais

Marginal

Parcela a abater

Até 115.509€

0

0

+ 115.509€ e até 158.004€

2

2.310,18

+ 158.004€ e até 215.435€

5

7.050,29

+ 215.435€ e até 359.016€

7

11.358,99

+ 359.016€ e até 717.904€

8

14.949,15

+ 717.904€ e até 1.000.000€

6 (taxa única)

+ 1.000.000€

7,5 (taxa única)

b) La adquisición de un edificio urbano o de una fracción autónoma de un edificio urbano destinado exclusivamente a vivienda, no contemplados en el párrafo anterior:

Valor de aquisição da escritura do imóvel ou VPT (em euros)

Taxas percentuais

Marginal

Parcela a abater

Até 115.509€

1

0

+ 115.509€ e até 158.004€

2

1.155,09

+ 158.004€ e até 215.435€

5

5.895,20

+ 215.435€ e até 359.016€

7

10.203,90

+ 359.016€ e até 717.904€

8

13.794,06

+ 717.904€ e até 1.000.000€

6 (taxa única)

+ 1.000.000€

7,5 (taxa única)

Método de cálculo del IMT

El IMT es calculado con base en el valor de la escritura o el VPT (Valor Patrimonial Tributario), siendo considerado el valor más alto.

La fórmula de cálculo del IMT es la siguiente:

IMT = Valor de la escritura o VPT (según el mayor) x Tasa a aplicar (marginal) - La Parcela a liquidar

Exención del IMT

Además de los valores indicados para la adquisición de edificios urbanos o de fracciones autónomas de edificios urbanos destinados exclusivamente a vivienda propia y permanente, es decir, 92.407€ en el Continente y 115.509€ en las regiones autónomas de Madeira y Azores, existen también otras situaciones que dan derecho a la exención de este impuesto, en particular:

a) Edificios para reventa (siempre que el ejercicio de la actividad sea de comprador de edificios para reventa);

b) Edificios rústicos adquiridos por jóvenes agricultores;

c) Edificios clasificados individualmente como de interés nacional, público o municipal;

d) Edificios adquiridos por entidades de crédito en procedimientos de ejecución, quiebra/insolvencia o entrega forzosa.

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