Flash Noticias NA 16/2020
IRPF 2019 declaración de renta Modelo 3

Los contribuyentes obligados a la presentación de la renta en Portugal disponen hasta el día 30 de junio de 2020 para cumplir con esta obligación.

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Este año existen muchas novedades en el formulario Modelo 3 relativo al IRPF, por lo que aconsejamos un atento cumplimiento de la declaración de IRPF.

Hacienda portuguesa ha publicado el Oficio n.º 20220, de 26 de marzo en el cual destaca los varios cambios en la ley relativos al IRPF y correspondientes cambios en el formulario que debe ser cumplimentado por los contribuyentes, con excepción de los aproximadamente tres millones que pueden optar por presentar el IRPF automático sin cambiar los datos pre cumplimentados por Hacienda portuguesa.

De los cambios introducidos, señalamos la ampliación del régimen de la reinversión de los valores de venta por la transmisión de inmuebles que constituían residencia habitual del contribuyente, así como el régimen de exención de las rentas por alquiler obtenidas en el ámbito del “Programa do Arrendamento Acessível”. En el anexo F, relativo a los rendimientos por alquiler, hay nuevos cuadros para identificar los inmuebles y contratos celebrados y renovados después del 1 de julio en el ámbito de este programa.

Relativamente a los beneficios fiscales, destacamos el programa “Regressar”, que excluye de tributación 50% de los rendimientos de trabajo, habiendo sido creado un campo para identificar el año en que se reanuda la residencia fiscal en Portugal (aplicable a los que regresan en 2019 y 2020).

Este año también se ampliaron las deducciones con gastos de educación y formación para las familias con estudiantes en establecimientos de enseñanza localizados en el Territorio del Interior o en las Regiones Autónomas. Dichos gastos son declarados en el cuadro 7 del anexo H, relativo a los beneficios fiscales.

En NOMINAUREA estamos disponibles para ayudar en el cumplimiento de la obligación fiscal de presentar la declaración anual de impuestos sobre la renta, confirmando si es de aplicación, si hay alguna causa de exepción y, en particular, si hay oportunidades de ahorro fiscal. ¡Esperamos su contacto!