Portugal IVA y Vehículos Verdes: Cambios introducidos por la Ordenanza nº25088/2025

La posesión de un vehículo “verde” ya no es suficiente para garantizar la deducción del IVA. La nueva Ordenanza establece criterios claros y obligatorios.

  1. Límites de coste: el factor decisivo
  • ⚡ Eléctricos: hasta 62 500 €
  • 🔌 Híbridos enchufables: hasta 50 000 €
  • 🟢 GPL/GNV: hasta 37 500 € → IVA deducible solo al 50%

Si el coste total (incluidos extras y gastos legales) supera el límite, no existe derecho a deducción.

  1. Leasing y renting: la factura lo decide
    • Factura con líneas separadas → solo es deducible el IVA de la locación, si el vehículo respeta los límites.
    • Factura con importe únicoIVA no deducible.
  1. Uso privado: implica tributación

Cuando se deduce el IVA conforme a las alineas f) y g) del artículo 21.º del CIVA:

➡ el uso privado debe tratarse como un servicio sujeto a IVA, aplicando la proporción de kilómetros privados.

Conclusión

La Ordenanza nº25088/2025 endurece y clarifica las normas aplicables. Las empresas deben analizar el coste total, exigir facturas detalladas y controlar el uso privado para evitar ajustes.

Cómo puede ayudar Nominaurea

Nominaurea ofrece:

  • análisis fiscal de adquisición de vehículos,
  • verificación del derecho a deducción del IVA,
  • revisión de contratos de leasing/renting,
  • control del uso privado,
  • soporte documental ante inspecciones.

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