{"id":2500,"date":"2021-04-21T00:00:00","date_gmt":"2021-04-21T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/noticias\/reino-unido-isencoes-de-irc\/"},"modified":"2025-10-21T15:24:16","modified_gmt":"2025-10-21T15:24:16","slug":"reino-unido-isencoes-de-irc","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/es\/noticias\/reino-unido-isencoes-de-irc\/","title":{"rendered":"Reino Unido &#8211; exenciones del IRC (Impuesto de Sociedades)"},"content":{"rendered":"<h5 class=\"bto-encabezamiento\">Flash Noticias NA 11\/2021<\/h5>\n<h5>Reino Unido &#8211; exenciones del IRC (Impuesto de Sociedades)<\/h5>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Reino Unido dej\u00f3 de ser considerado un Estado Miembro con la salida de la Uni\u00f3n Europea. Este hecho imposibilita aplicar la exenci\u00f3n prevista en el C\u00f3digo del Impuesto de Sociedades (IRC) para el cobro de dividendos, intereses y regal\u00edas pagados por una Entidad portuguesa.<\/p>\n<hr id=\"system-readmore\" \/>\n<p><a target=\"_self\"><img decoding=\"async\" style=\"float: right; margin-left: 10px;\" src=\"images\/volver.png\" alt=\"\" data-alt=\"Volver\" \/><\/a>El Reino Unido ya no es un estado miembro de la Uni\u00f3n Europea, lo que, entre otras cosas, ha provocado cambios profundos en los supuestos que deben cumplir las entidades que tienen en este pa\u00eds su sede, para que puedan continuar a beneficiarse de exenciones del IRC por la recepci\u00f3n de dividendos, intereses y regal\u00edas pagados por una entidad portuguesa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Para que una entidad se beneficie de la exenci\u00f3n de intereses y regal\u00edas, ahora se requiere que, adem\u00e1s de otros requisitos, la entidad beneficiaria sea considerada residente en un Estado miembro de la Uni\u00f3n Europea y asuma una de las formas legales permitidas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con la salida del Reino Unido de la Uni\u00f3n Europea, dej\u00f3 de ser considerado un Estado miembro, lo que excluye de inmediato la aplicaci\u00f3n de la exenci\u00f3n prevista en el C\u00f3digo IRC.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En consecuencia, las entidades con sede en Reino Unido que obtengan este tipo de rentas en territorio nacional tienen derecho a invocar el Convenio para Evitar la Doble Tributaci\u00f3n suscrito entre Portugal y Reino Unido, con el objetivo de reducir la tasa de retenci\u00f3n en origen, cuyo derecho interno se fija en el 25%.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Aun as\u00ed, en el mejor de los casos, la aplicaci\u00f3n de la Convenci\u00f3n para Evitar la Doble Tributaci\u00f3n representa solo una reducci\u00f3n de la tasa de retenci\u00f3n al 10% en el caso de intereses y al 5% en el caso de regal\u00edas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al contrario de lo que se verifica para intereses y regal\u00edas, a pesar de la salida del Reino Unido de la Uni\u00f3n Europea, una entidad que tenga su domicilio social en ese territorio a\u00fan puede aplicar la exenci\u00f3n del IRC en territorio nacional con relaci\u00f3n a los dividendos que se obtengan en Portugal, no seg\u00fan la Directiva designada \u00abMadres e hijas\u00bb, sino seg\u00fan la disposici\u00f3n del C\u00f3digo IRC que establece la exenci\u00f3n fiscal en Portugal (mediante retenci\u00f3n fiscal), si se cumplen de forma acumulativa cuatro requisitos clave.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin embargo, es en la verificaci\u00f3n de dos de estos requisitos, la residencia del beneficiario y la fiscalidad, que las entidades beneficiarias residentes en el Reino Unido pueden tener que demostrar su elegibilidad a los efectos de la exenci\u00f3n prevista en la legislaci\u00f3n portuguesa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hasta que el Reino Unido sali\u00f3 de la Uni\u00f3n Europea, el requisito de residencia se verificaba por el simple hecho de que la empresa beneficiaria de los beneficios fuera residente en otro Estado miembro, a partir de ahora, para su verificaci\u00f3n, dicha entidad debe ser residente en un Estado con el que se encuentra en vigor un Convenio para Evitar la Doble Tributaci\u00f3n, que prev\u00e9 el intercambio de informaci\u00f3n, como es el caso del Reino Unido.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En cuanto al requerimiento tributario, la entidad beneficiaria deber\u00e1 demostrar que est\u00e1 sujeta y no est\u00e1 exenta de un impuesto de naturaleza similar al IRC y cuya tasa legal no sea menor al 60% de la tasa IRC, cuando, hasta la fecha de salida, solo tendr\u00eda que demostrar que estaba sujeto y no exento de un impuesto sobre las ganancias corporativas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Respecto al resto de los requisitos, a saber, la tenencia de m\u00e1s del 10% del capital social o de los derechos de voto de la entidad pagadora, de forma ininterrumpida, durante el a\u00f1o anterior al reparto de beneficios, su aplicaci\u00f3n se mantiene inalterada, por lo que no se vislumbra ninguna complejidad adicional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otro lado, esta exenci\u00f3n del IRC ya no es aplicable a las ganancias pagadas o puestas a disposici\u00f3n de un establecimiento permanente ubicado en el Reino Unido de una entidad elegible a los efectos de la Directiva \u00abMadres e Hijas\u00bb, como ser\u00e1 el caso, por ejemplo, de una sucursal en el Reino Unido de una empresa espa\u00f1ola que tiene acciones en una empresa portuguesa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En otras palabras, aunque la empresa pueda ser elegible a los efectos de la aplicaci\u00f3n de la mencionada directiva, la sucursal brit\u00e1nica de dicha empresa ya no podr\u00e1 acogerse a la exenci\u00f3n de impuestos sobre los beneficios que le pague la empresa portuguesa, como ha sido el caso hasta la fecha de la salida del Reino Unido de la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Nominaurea podemos aclararles cualquier duda sobre los cambios provocados por la salida del Reino Unido de la Uni\u00f3n Europea.<strong><a title=\"Contacto Nominaurea\" href=\"index.php?option=com_contact&amp;view=contact&amp;id=1&amp;Itemid=142\">\u00a1Esperamos su contacto!<\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Flash Noticias NA 11\/2021 Reino Unido &#8211; exenciones del IRC (Impuesto de Sociedades) El Reino Unido dej\u00f3 de ser considerado un Estado Miembro con la salida de la Uni\u00f3n Europea. 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