{"id":2389,"date":"2022-06-24T00:00:00","date_gmt":"2022-06-24T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/noticias\/regime-de-transparencia-fiscal-e-sua-aplicabilidade\/"},"modified":"2025-10-21T14:48:06","modified_gmt":"2025-10-21T14:48:06","slug":"regime-de-transparencia-fiscal-e-sua-aplicabilidade","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/es\/noticias\/regime-de-transparencia-fiscal-e-sua-aplicabilidade\/","title":{"rendered":"R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal y su aplicabilidad"},"content":{"rendered":"<h5 class=\"bto-encabezamiento\">Flash Noticias NA 12\/2022<\/h5>\n<h5>R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal y su aplicabilidad<\/h5>\n<p style=\"text-align: justify;\">El R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal define que la base imponible se imputa a los socios o accionistas a efectos del IRPF<\/p>\n<hr id=\"system-readmore\" \/>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a target=\"_self\"><img decoding=\"async\" style=\"float: right; margin-left: 10px;\" src=\"images\/volver.png\" alt=\"\" data-alt=\"Volver\" \/><\/a><strong>\u00bfQu\u00e9 es el r\u00e9gimen de transparencia fiscal?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal es una norma para las empresas portuguesas, previsto en el C\u00f3digo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Jur\u00eddicas (CIRC), m\u00e1s concretamente en el art\u00edculo 6\u00ba. Este r\u00e9gimen entr\u00f3 en vigor en Portugal en 1989 con tres objetivos espec\u00edficos:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Promover la neutralidad fiscal;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Combatir la evasi\u00f3n fiscal;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Eliminar la doble imposici\u00f3n de los beneficios distribuidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Este r\u00e9gimen obliga a imputar a los socios de determinadas sociedades la parte del beneficio que les corresponda, en los t\u00e9rminos de su pacto social (o en partes iguales, a falta de definici\u00f3n de este), independientemente de la distribuci\u00f3n de dichos beneficios. Es decir, la base imponible determinada por la sociedad se imputa a los socios con independencia de que se haya pagado o puesto a disposici\u00f3n cualquier importe.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En resumen, el R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal define que la base imponible se imputa a los socios o accionistas a efectos del IRPF, como rendimientos de la categor\u00eda B, por lo que no hay lugar a la imposici\u00f3n a efectos del impuesto de sociedades, excepto en las situaciones previstas por la legislaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Hay que se\u00f1alar que, a pesar de este r\u00e9gimen especial de imposici\u00f3n, las sociedades sujetas a \u00e9l est\u00e1n tambi\u00e9n sujetas a las diversas obligaciones fiscales y contables a las que est\u00e1n obligadas todas las empresas, en particular, de disponer de una contabilidad organizada de acuerdo con la normalizaci\u00f3n contable vigente y de la presentaci\u00f3n de las distintas declaraciones fiscales (declaraci\u00f3n de impuesto de sociedades Modelo 22, Informaci\u00f3n Empresarial Simplificada (\u00abIES\u00bb), Modelo 10, etc.).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfA qui\u00e9n se aplica?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El r\u00e9gimen de transparencia fiscal se aplica a:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Sociedades civiles no constituidas en forma comercial;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Sociedades de profesionales;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Sociedades de simple administraci\u00f3n de bienes propiedad de grupos familiares o cuyo capital social pertenezca a un n\u00famero de socios no superior a cinco y ninguno de ellos sea persona jur\u00eddica de derecho p\u00fablico.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Se considerar\u00e1n sociedades civiles no constituidas en forma comercial las sociedades que no podr\u00e1n tener como objetivo social la pr\u00e1ctica de actos de comercio, aunque puedan tener finalidad lucrativa (art\u00edculo 980\u00ba del C\u00f3digo Civil).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las Sociedades de Profesionales (Art\u00edculo 6\u00ba, apartado 4 &#8211; C\u00f3digo del IRC), son sociedades constituidas para ejercer una actividad profesional espec\u00edfica prevista en la lista de actividades del art\u00edculo 151\u00ba del C\u00f3digo del IRPF, y en la que todos los socios sean personas f\u00edsicas y profesionales de esta actividad. Forman parte de estas actividades por ejemplo las profesiones de arquitectos, ingenieros, m\u00fasicos, contables, enfermeros, abogados, abogados, m\u00e9dicos, profesores, entre otros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por otra parte, se considerar\u00e1n tambi\u00e9n Sociedades de profesionales aquellas sociedades cuyos ingresos provengan en m\u00e1s de un 75% del ejercicio conjunto o aislado de actividades profesionales que est\u00e9n previstas en el art\u00edculo 151\u00ba del C\u00f3digo del IRPF, y siempre que, acumulativamente, y durante m\u00e1s de 183 d\u00edas del per\u00edodo impositivo:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 El n\u00famero de socios no exceda 5;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Ninguno de ellos sea una persona jur\u00eddica de derecho p\u00fablico;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\">\u2022 Al menos un 75 % del capital social sea propiedad de profesionales que ejercen dichas actividades, sea de forma total o parcial, a trav\u00e9s de la sociedad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una Sociedad de simple administraci\u00f3n de bienes, es una sociedad cuya actividad est\u00e1 limitada a la administraci\u00f3n de bienes o valores mantenidos como reserva o para su disfrute, o a la compra de edificios para la vivienda de sus socios. Tambi\u00e9n puede ser aquella que ejerza conjuntamente otras actividades y cuyos rendimientos relativos a dichos bienes, valores o inmuebles alcancen, en promedio de los \u00faltimos 3 a\u00f1os, m\u00e1s de un 50% de todos sus rendimientos durante el mismo per\u00edodo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este tipo de sociedad tambi\u00e9n es importante estar al tanto de lo que se considera un grupo familiar. Un grupo familiar en t\u00e9rminos legales es un grupo constituido por personas unidas por un v\u00ednculo conyugal o de adopci\u00f3n, as\u00ed como de parentesco o afinidad en l\u00ednea recta o colateral hasta el 4\u00ba grado inclusive.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfC\u00f3mo se tributa el R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cuando se trate de socios o miembros personas f\u00edsicas, los ingresos que deban imputarse se considerar\u00e1n ingresos netos de la categor\u00eda B del IRPF, por lo que se incluir\u00e1 juntamente con los rendimientos de las dem\u00e1s categor\u00edas y se tributara de acuerdo con la respectiva situaci\u00f3n tributaria de cada socio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de los socios que sean personas jur\u00eddicas, los ingresos que deban imputarse se considerar\u00e1n ingresos imponibles sujetos a impuestos especiales a los tipos vigentes establecidos en el C\u00f3digo de este impuesto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La distribuci\u00f3n de beneficios y el anticipo de beneficios no son tributados. No obstante, si hay anticipos de beneficios a los socios a lo largo del a\u00f1o y estos son superiores a la base imponible, entonces esa cifra se gravar\u00e1 en el IRPF o en el impuesto de sociedades de cada uno de los socios, seg\u00fan sean personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La sociedad cubierta por el RTF no pagar\u00e1 impuesto de sociedades, lo que incluye tambi\u00e9n el pago especial a cuenta y los pagos a cuenta. Sin embargo, si existe un impuesto aut\u00f3nomo aplicable, en particular en el caso de los autom\u00f3viles de turismo ligeros, gastos de representaci\u00f3n, etc., corresponde a la sociedad efectuar el pago derivado de dicho impuesto aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los pagos anticipados por cuenta del impuesto adeudado al final, es decir, los pagos a cuenta ser\u00e1n responsabilidad de los socios de la sociedad sujeta al RTF. Por lo tanto, los socios pueden deducir los pagos realizados a lo largo del a\u00f1o, as\u00ed como las retenciones en origen que sean realizadas por terceros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y no son solo los socios profesionales los que ejercen la actividad a trav\u00e9s de la sociedad los que quedan cubiertos por estas obligaciones. Tambi\u00e9n los meros socios de capital tendr\u00e1n que declarar la parte que se les imputa de la base imponible someti\u00e9ndola al impuesto sobre la renta y realizando los pagos a cuenta.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los ingresos cubiertos por el RTF, en el caso de un socio que sea una persona f\u00edsica, deben declararse en la Declaraci\u00f3n Modelo 3 del IRPF, m\u00e1s concretamente en el Anexo D &#8211; Imputaci\u00f3n de Rentas. Ya en el caso de la sociedad, \u00e9sta debe entregar la IES junto con el Anexo G.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Nominaurea encuentra un equipo disponible para apoyar a su empresa en todas las cuestiones fundamentales y esenciales para el desarrollo sostenible de la misma, cumpliendo siempre y siguiendo todos los requisitos exigidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><a title=\"Contacto Nominaurea\" href=\"index.php?option=com_contact&amp;view=contact&amp;id=1&amp;Itemid=142\">\u00a1Esperamos su contacto!<\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Flash Noticias NA 12\/2022 R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal y su aplicabilidad El R\u00e9gimen de Transparencia Fiscal define que la base imponible se imputa a los socios o accionistas a efectos del IRPF \u00bfQu\u00e9 es el r\u00e9gimen de transparencia fiscal? 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