{"id":2284,"date":"2023-06-28T09:01:48","date_gmt":"2023-06-28T09:01:48","guid":{"rendered":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/noticias\/pagamentos-por-conta\/"},"modified":"2025-10-21T12:43:49","modified_gmt":"2025-10-21T12:43:49","slug":"pagamentos-por-conta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.nominaurea.pt\/es\/noticias\/pagamentos-por-conta\/","title":{"rendered":"Pagos a Cuenta \u00bfQui\u00e9n est\u00e1 obligado a pagar y qu\u00e9 exenciones existen?"},"content":{"rendered":"<h5 class=\"bto-encabezamiento\" style=\"text-align: justify;\">Flash Noticias NA 28\/06\/2023<\/h5>\n<h5 style=\"text-align: justify;\">Pagos a Cuenta \u00bfQui\u00e9n est\u00e1 obligado a pagar y qu\u00e9 exenciones existen?<\/h5>\n<p>Los pagos a cuenta son anticipos del impuesto sobre la renta que las empresas y aut\u00f3nomos deben realizar a lo largo del a\u00f1o.<\/p>\n<hr id=\"system-readmore\" \/>\n<p>Los pagos a cuenta son obligatorios, pues, aunque no representan un impuesto en s\u00ed mismos, corresponden a un anticipo sobre el Impuesto de sociedades (IRC) para las empresas y sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas F\u00edsicas (IRPF) para los trabajadores independientes.<\/p>\n<p>Estos pagos funcionan como si fuera una retenci\u00f3n en la fuente, adelantando el pago de estos impuestos al Estado. Al presentar la declaraci\u00f3n de renta anual, la Autoridad Tributaria contabiliza los pagos realizados a cuenta y el impuesto adeudado. La empresa o aut\u00f3nomo pagar\u00e1 la diferencia entre el impuesto total liquidado y la cantidad adelantada en pagos a cuenta a lo largo del a\u00f1o. Si la diferencia es negativa, es decir, si ha realizado pagos a cuenta superiores a la cantidad de impuesto calculada, ser\u00e1n devueltos los importes del impuesto pagados en exceso.<\/p>\n<p>Este proceso permite al Estado obtener financiamiento durante todo el a\u00f1o y permite a los contribuyentes diluir el pago del impuesto, es decir, en lugar de pagar el importe total en el momento de presentar su declaraci\u00f3n, -lo que podr\u00eda representar un gran esfuerzo financiero-, lo pagar\u00e1 a lo largo del a\u00f1o.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los pagos a cuenta s\u00f3lo son aplicables en determinadas situaciones:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">\u2022 Empresas con actividades comerciales, industriales o agr\u00edcolas, o entidades no residentes establecidas en Portugal, que pagaron Impuesto de sociedades (IRC) y que hayan obtenido ganancias el a\u00f1o anterior.<br \/>\n\u2022 Trabajadores aut\u00f3nomos que tuvieron ingresos superiores a 12.500 euros y no practicaron retenci\u00f3n en los recibos emitidos.<\/p>\n<p>Hay algunas situaciones en las que es posible estar parcial o totalmente exento de estos pagos. Se aplican exenciones en los siguientes casos:<\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px;\">\u2022 Cuando el Impuesto de sociedades (IRC) a liquidar del periodo anterior es inferior a 200 euros. En ese caso, las empresas quedan exentas de los pagos a cuenta en su totalidad.<br \/>\n\u2022 La cantidad esperada de impuesto (IS\/IRC o IRPF\/IRS) a pagar en la pr\u00f3xima declaraci\u00f3n ya ha sido alcanzada o excedida en el importe acumulado de los dos primeros pagos a cuenta. En este caso, las empresas o los trabajadores aut\u00f3nomos quedan exentos del pago del tercer pago a cuenta.<br \/>\n\u2022 Si el trabajador por cuenta propia no obtuvo ning\u00fan ingreso de categor\u00eda B.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Hay que se\u00f1alar que, en el segundo caso mencionado, si no se ha realizado el tercer pago a cuenta y, en el momento de la entrega de la declaraci\u00f3n del IRPF\/IRS o IS\/IRC, se comprueba que el importe impagado es superior al 20% del total a pagar, habr\u00e1 que cobrar intereses compensatorios.<\/p>\n<p>Los pagos a cuenta deber\u00e1n efectuarse tres veces al a\u00f1o, hasta el d\u00eda 20 de julio, septiembre y diciembre, para aut\u00f3nomos y para empresas hasta el d\u00eda 30 de julio, 30 de septiembre y 15 de diciembre y se calculan sobre la base de la facturaci\u00f3n y el impuesto pagado en el per\u00edodo anterior.<\/p>\n<p>En el caso de trabajadores por cuenta propia, el importe a pagar es enviado por la Autoridad Tributaria y se incluye en la nota de liquidaci\u00f3n del IRS del a\u00f1o anterior.<\/p>\n<p>Las empresas deben proceder a su c\u00e1lculo y pago por iniciativa propia. Se calcula aplicando un porcentaje del 80% o del 95% (seg\u00fan la facturaci\u00f3n anual sea inferior o superior a 500.000,00 \u20ac) a la recaudaci\u00f3n menos la retenci\u00f3n en origen del ejercicio anterior.<\/p>\n<p>La Orden de Contables Certificados proporciona un simulador on-line para ayudar en el c\u00e1lculo<span style=\"caret-color: auto;\">:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"https:\/\/www.occ.pt\/pt-pt\/simulador-por-conta-2023\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">https:\/\/www.occ.pt\/pt-pt\/simulador-por-conta-2023<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"es\/\">Nominaurea<\/a> cuenta en un equipo con contables certificados con amplia experiencia en el c\u00e1lculo de pagos para los profesionales independientes y empresas. \u00a1Esperamos su <a href=\"es\/contacto\/despacho-de-lisboa.html\">contacto<\/a>!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Flash Noticias NA 28\/06\/2023 Pagos a Cuenta \u00bfQui\u00e9n est\u00e1 obligado a pagar y qu\u00e9 exenciones existen? 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